En España rige la ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales que establece que las mascotas, en términos jurídicos, deben ser tratados como seres vivos dotados de sensibilidad y no como cosas.
Bajo la consigna de que las mascotas ‘no son objetos’, en una audiencia Provincial de Pontevedra se confirmó la sentencia del juzgado de primera instancia de la ciudad de Vigo (Galicia, España), en la que se fijan los derechos de un perro y el trato que le corresponde tras el divorcio de sus dueños.
De acuerdo al fallo la mascota quedó al cuidado de la mujer, la señora Sagrario, y «se abonarán por mitad los gastos extraordinarios y de veterinario», mientras que el señor Pablo «contribuirá al gasto del animal con la suma de 40 euros mensuales pagaderos en los cinco primeros días de cada mes y actualizable anualmente conforme al IPC (índice de precios de consumo)», dictaminó la Justicia española.
El fallo se emitió en noviembre del año pasado, pero el Poder Judicial hizo pública la resolución recién este martes 12 de marzo. Además del destino del perro, se fijó también el sistema de patria potestad y custodia compartida para los dos hijos de la expareja, así como una pensión de alimentos de 150 euros por parte del padre (75 euros por cada uno).