
El Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia admitió una acción de inconstitucionalidad abstracta interpuesta por el diputado Miguel Antonio Roca Sánchez contra la Disposición Adicional Séptima de la Ley del Presupuesto General del Estado Gestión 2025.
La acción cuestiona los parágrafos I y II de dicha disposición, argumentando que la norma faculta la confiscación y decomiso de productos a actores de comercialización de alimentos que almacenen o retengan mercancías con el fin de encarecer los precios.
Según el legislador, esta medida vulnera principios constitucionales, entre ellos el de unidad de materia, y excede el objeto propio de la Ley del Presupuesto.
En su resolución, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional determinó: admitir la acción de inconstitucionalidad abstracta. Además remitió el caso a David Choquehuanca Céspedes, vicepresidente del Estado y presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, para su pronunciamiento en un plazo de 15 días.
Por último, la entidad estatal ordenó la suspensión provisional de los parágrafos I y II de la Disposición Adicional Séptima de la Ley del Presupuesto 2025 hasta que se dicte una sentencia constitucional.
Con esta decisión, el Tribunal impide la aplicación de la norma impugnada y cualquier tratamiento normativo vinculado a la cuestión planteada, en resguardo del orden constitucional.
El documento fue firmado por la magistrada presidenta de la Comisión de Admisión, Karem Lorena Gallardo Sejas.
La normativa ha generado un amplio rechazo en distintos sectores económicos del país. Más de 40 gremios y asociaciones empresariales han expresado su oposición, argumentando que la medida afecta la seguridad jurídica y podría generar un impacto negativo en el comercio y la distribución de productos esenciales.